2a. XLIII/2019 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Común
COMPETENCIA PARA CONOCER DEL CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA DE AMPARO. CORRESPONDE AL ÓRGANO JURISDICCIONAL QUE RESOLVIÓ EL JUICIO DE AMPARO O EL RECURSO DE REVISIÓN RELACIONADO CON AQUÉL, AUN CUANDO HAYA CAMBIADO SU DENOMINACIÓN O SU COMPETENCIA POR MATERIA.
[TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 69, Agosto de 2019; Tomo III; Pág. 2640
Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya se ha pronunciado en el sentido de que tratándose de cuestiones relacionadas con el cumplimiento de las ejecutorias de amparo, la competencia debe recaer en el órgano jurisdiccional que haya resuelto el juicio de amparo o el recurso de revisión relacionado con aquél. Lo anterior, porque en las cuestiones relativas al cumplimiento y ejecución de las sentencias de amparo, resulta necesario no sólo hacer un análisis de las cuestiones efectivamente planteadas, sino de la ejecutoria a través de la cual se resolvió lo conducente, con el objeto de que no existan resoluciones contradictorias, además, porque el cumplimiento de éstas es una cuestión de orden público cuyo estudio debe efectuarse de oficio, por ello resulta indispensable que el órgano que haya resuelto el juicio de amparo o que haya conocido de la revisión respectiva sea también el que se pronuncie en cuanto a los recursos e incidentes relacionados con el cumplimiento de las sentencias, con lo que se genera mayor celeridad en su ejecución, independientemente de que por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal haya cambiado su denominación o su competencia por materia.
SEGUNDA SALA
Precedentes
Conflicto competencial 356/2017. Suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa y el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo (actual denominación), ambos del Décimo Octavo Circuito. 28 de febrero de 2018. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretaria: Montserrat Torres Contreras.
Conflicto competencial 402/2017. Suscitado entre el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo, ambos del Vigésimo Circuito. 14 de marzo de 2018. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I; votó con reserva Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: José Omar Hernández Salgado.
Conflicto competencial 133/2018. Suscitado entre el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo y el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, ambos del Décimo Octavo Circuito. 16 de mayo de 2018. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Eduardo Medina Mora I.; en su ausencia hizo suyo el asunto Javier Laynez Potisek. Secretario: Juvenal Carbajal Díaz.
Conflicto competencial 5/2018. Suscitado entre el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo y el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, ambos del Décimo Octavo Circuito. 22 de marzo de 2018. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Alfredo Villeda Ayala.