Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
2a. XLVIII/2019 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Común

FACULTAD DE ATRACCIÓN. POR REGLA GENERAL, NO PROCEDE EJERCERLA PARA CONOCER DE UN JUICIO DE AMPARO DIRECTO, CUANDO EL TEMA A RESOLVER VERSA SOBRE ASPECTOS DE CONSTITUCIONALIDAD.

[TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 69, Agosto de 2019; Tomo III; Pág. 2644

Precedentes

Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 271/2018. Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 11 de julio de 2018. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I.; votó con reservas José Fernando Franco González Salas. Ponente: Alberto Pérez Dayán; en su ausencia hizo suyo el asunto Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Georgina Laso de la Vega Romero. Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 304/2019. Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito. 3 de julio de 2019. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretaria: Georgina Laso de la Vega Romero.

→ Más tesis en materia común