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PC.XVI.L. J/4 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral

SALARIOS CAÍDOS. LA LIMITANTE DE SU PAGO HASTA POR DOCE MESES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE GUANAJUATO, ES APLICABLE A LOS CASOS DE REINSTALACIÓN E INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL CUANDO LA RESCISIÓN FUE INJUSTIFICADA (INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA DE LOS ARTÍCULOS 51, 52 Y 54 DE LA LEY DEL TRABAJO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS AL SERVICIO DEL ESTADO Y DE LOS MUNICIPIOS, Y ANÁLISIS TELEOLÓGICO DE LA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE 31 DE OCTUBRE DE 2014).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 75, Febrero de 2020; Tomo II; Pág. 1716

Precedentes

Contradicción de tesis 3/2019. Entre las sustentadas por el Primer y el Segundo Tribunales Colegiados, ambos en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito. 8 de noviembre de 2019. Mayoría de cinco votos de los Magistrados Erubiel Ernesto Gutiérrez Castillo, Celestino Miranda Vázquez, Serafín Salazar Jiménez, Guillermo Vázquez Martínez y Francisco González Chávez. Disidente: Ángel Michel Sánchez. Ponente: Serafín Salazar Jiménez. Secretario: Juan Carlos Luque Gómez. Tesis y criterios contendientes: Tesis XVI.1o.T.50 L (10a.), de título y subtítulo: "SALARIOS CAÍDOS DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE GUANAJUATO. LA LIMITANTE DE SU PAGO HASTA POR 12 MESES, ES APLICABLE A LOS CASOS DE REINSTALACIÓN O INDEMNIZACIÓN CUANDO LA RESCISIÓN FUE INJUSTIFICADA.", aprobada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 13 de julio de 2018 a las 10:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 56, Tomo II, julio de 2018, página 1603, con numero de registro digital: 2017468, y El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, al resolver el amparo directo 200/2017, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, al resolver los amparos directos 911/2018, 1038/2018 y 1073/2018.