Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2022543

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 11/2019, resuelta por el Pleno del Decimoquinto Circuito.

PC.XV. J/43 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Común
Registro digital (IUS)
2022543
Clave de tesis
PC.XV. J/43 A (10a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
10a. Época
Instancia
Plenos de Circuito
Materia
Administrativa, Común
Fuente
[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 81, Diciembre de 2020; Tomo I; Pág. 619
Publicación
2020-12-11

AMPARO CONTRA LEYES. HIPÓTESIS EN LA QUE SE ACREDITA, DE MANERA IMPLÍCITA, LA APLICACIÓN EN PERJUICIO DEL QUEJOSO DEL ARTÍCULO 67, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (ABROGADA).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 81, Diciembre de 2020; Tomo I; Pág. 619

Precedentes

Contradicción de tesis 11/2019. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero, Quinto y Sexto, todos del Décimo Quinto Circuito. 27 de octubre de 2020. Mayoría de siete votos de los Magistrados Blanca Evelia Parra Meza, Alfredo Manuel Bautista Encina, David Guerrero Espriú, Faustino Cervantes León, José Encarnación Aguilar Moya, Jorge Salazar Cadena y Mario Alejandro Moreno Hernández. Disidente: Raúl Martínez Martínez, quien formuló voto particular. Ponente: Blanca Evelia Parra Meza. Secretario: Óscar Jaime Carrillo Maciel. Criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 107/2019, el sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 59/2019, y el diverso sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 49/2019. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 11/2019, resuelta por el Pleno del Decimoquinto Circuito.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia administrativa

Registro digital (IUS): 2022543 · Publicación: 2020-12-11