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1a. XLI/2021 (10a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

DELITO DE ACTOS LIBIDINOSOS COMETIDO EN CONTRA DE PERSONA IMPÚBER. CUANDO SE SANCIONA DE MANERA AGRAVADA, NO SE VULNERA EL PRINCIPIO DE DOBLE PUNICIÓN (NON BIS IN ÍDEM).

[TA]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Octubre de 2021; Tomo II; Pág. 1749

Precedentes

Amparo directo en revisión 7165/2018. 25 de noviembre de 2020. Cinco votos de las Ministras Norma Lucía Piña Hernández, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, y Ana Margarita Ríos Farjat, y los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto concurrente. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Ramón Eduardo López Saldaña y Edwin Antony Pazol Rodríguez.