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VII.2o.C.83 K (10a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común

IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO. ES INNECESARIO DAR LA VISTA A QUE SE REFIERE EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 64 DE LA LEY DE LA MATERIA CON LA ACTUALIZACIÓN DE LA CAUSA RELATIVA, CUANDO EL QUEJOSO EXHIBE UN CONVENIO DE MEDIACIÓN CELEBRADO POR LOS CONTENDIENTES DONDE DAN POR CONCLUIDA LA CONTROVERSIA.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Octubre de 2021; Tomo IV; Pág. 3715

Precedentes

Amparo directo 180/2020. HSBC México, S.A., I.B.M., Grupo Financiero HSBC. 10 de diciembre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Darío Morán González, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos de los artículos 26, párrafo segundo y 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga disposiciones de otros acuerdos generales. Secretaria: Lorena García Vasco Rebolledo.

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