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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2024046

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: La tesis de jurisprudencia P./J. 13/2017 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 18 de agosto de 2017 a las 10:26 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 45, Tomo I, agosto de 2017, página 5. Por ejecutoria del 18 de enero de 2023, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de criterios 357/2022, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que previo a que se efectuara la denuncia correspondiente, esta Segunda Sala resolvió la diversa contradicción de criterios 181/2022, de cuyas consideraciones se da respuesta a la problemática planteada, de la que derivó la tesis de jurisprudencia 2a./J. 61/2022 (11a.), de rubro: “RECURSO DE QUEJA EN

I.11o.C.58 K (10a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2024046
Clave de tesis
I.11o.C.58 K (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
11a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Enero de 2022; Tomo IV; Pág. 3064
Publicación
2022-01-14

RECURSO DE QUEJA EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE NO ACUERDA DE CONFORMIDAD LA SOLICITUD DE DAR VISTA AL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL, POR LA POSIBLE COMISIÓN DE HECHOS QUE PODRÍAN SER CONSTITUTIVOS DE DELITO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Enero de 2022; Tomo IV; Pág. 3064

Precedentes

Recurso de reclamación 55/2019. Rita María del Carmen Pineda Rosales y otro. 19 de noviembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Rangel Ramírez. Secretaria: Miriam Aidé García González. Nota: La tesis de jurisprudencia P./J. 13/2017 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 18 de agosto de 2017 a las 10:26 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 45, Tomo I, agosto de 2017, página 5. Por ejecutoria del 18 de enero de 2023, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de criterios 357/2022, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que previo a que se efectuara la denuncia correspondiente, esta Segunda Sala resolvió la diversa contradicción de criterios 181/2022, de cuyas consideraciones se da respuesta a la problemática planteada, de la que derivó la tesis de jurisprudencia 2a./J. 61/2022 (11a.), de rubro: “RECURSO DE QUEJA EN AMPARO INDIRECTO. NO PROCEDE CONTRA EL AUTO DEL JUZGADOR FEDERAL QUE ORDENA DAR VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO POR LA POSIBLE COMISIÓN DE UNA CONDUCTA DELICTIVA.” Por ejecutoria del 31 de enero de 2024, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de criterios 379/2023, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que previo a que se efectuara la denuncia correspondiente, esta Segunda Sala resolvió la contradicción de criterios 181/2022, que dio origen a la tesis de jurisprudencia 2a./J. 61/2022 (11a.), de rubro: "RECURSO DE QUEJA EN AMPARO INDIRECTO. NO PROCEDE CONTRA EL AUTO DEL JUZGADOR FEDERAL QUE ORDENA DAR VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO POR LA POSIBLE COMISIÓN DE UNA CONDUCTA DELICTIVA.", de cuyas consideraciones se da respuesta a la problemática planteada, esto es, si procede o no el recurso de queja para conocer cualquier resolución emitida por las y los juzgadores federales, relacionada con la solicitud de dar vista al Ministerio Público Federal.

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Registro digital (IUS): 2024046 · Publicación: 2022-01-14