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(IV Región)1o.31 L (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Laboral

CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO. TIENE ESA CARACTERÍSTICA EL CELEBRADO POR LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN PRIVADA CON LOS MAESTROS POR UN CICLO ESCOLAR, AL TRATARSE DE UN TRABAJO TEMPORAL, PESE A QUE SUBSISTA LA MATERIA DEL EMPLEO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Septiembre de 2022; Tomo V; Pág. 5175

Precedentes

Amparo directo 1043/2021 (cuaderno auxiliar 172/2022) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave. Mónica Araceli Vásquez Montano. 6 de abril de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Vega Ramírez. Secretaria: Alma Leticia Canseco García. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 19/2026, resuelta por el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México el 22 de abril de 2026, de la que derivó la tesis jurisprudencial PR.P.T.CS. J/15 L (12a.) de rubro: "CONTRATACIÓN POR TIEMPO DETERMINADO DE PERSONAL DOCENTE. PARA QUE RESULTE VÁLIDA, LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARTICULARES DEBEN ACREDITAR QUE AL VENCIMIENTO DEL CONTRATO SE EXTINGUIÓ LA MATERIA DE TRABAJO."

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