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(IV Región)1o.49 L (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Laboral

PENSIÓN POST MORTEM DE LOS BENEFICIARIOS DE LOS JUBILADOS FALLECIDOS DE PETRÓLEOS MEXICANOS (PEMEX). A FALTA DE DESIGNACIÓN EXPRESA DEL DE CUJUS, AQUÉLLOS PODRÁN SELECCIONAR LA QUE MÁS LES CONVENGA O INCLUSO MODIFICAR LA ORIGINALMENTE ELEGIDA, SIEMPRE QUE NO HAYA PRESCRITO ESE DERECHO CONFORME AL ARTÍCULO 516 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO (PRESCRIPCIÓN GENÉRICA), Y QUE DEMUESTREN QUE NO TUVIERON CONOCIMIENTO DE LAS DIFERENCIAS EXISTENTES ENTRE LA PENSIÓN SELECCIONADA Y LA QUE DESEAN OBTENER.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Febrero de 2023; Tomo IV; Pág. 3745

Precedentes

Amparo directo 1122/2021 (cuaderno auxiliar 670/2022) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave. Petróleos Mexicanos y otra. 13 de octubre de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Ingrid Jessica García Barrientos, secretaria de tribunal autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada, en términos de los artículos 26, párrafo segundo y 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales. Secretaria: Yesareli Pérez García.

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