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XVI.1o.A. J/6 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA QUE DECLARAN LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE), RECAÍDA A UNA SOLICITUD DE INCREMENTO DE LA CUOTA DIARIA PENSIONARIA, POR NO HABER ACREDITADO QUE REALIZÓ EL CÁLCULO CORRESPONDIENTE DE MANERA CORRECTA Y CONFORME A LA LEGISLACIÓN APLICABLE, AL CONSTITUIR VICIOS FORMALES (APLICACIÓN DE LAS TESIS DE JURISPRUDENCIA 2a./J. 150/2010 Y 2a./J. 88/2011).

[J]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 23, Marzo de 2023; Tomo IV; Pág. 3571

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 78/2021. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Delegación Guanajuato, en representación de la Subdelegación de Prestaciones del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene, ambos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 28 de octubre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Nelson Jacobo Mireles Hernández, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación abrogada. Secretario: Edgar Martín Gasca de la Peña. Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 164/2021. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Delegación Guanajuato, en representación del encargado de la Subdelegación de Prestaciones, ambos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 20 de enero de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Humberto Benítez Pimienta. Secretario: Nelson Jacobo Mireles Hernández. Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 140/2021. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Delegación Guanajuato, en representación del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 10 de febrero de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Emilio Carmona. Secretario: Juan Carlos Nava Garnica. Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 141/2021. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Delegación Guanajuato, en representación del encargado de la Subdelegación de Prestaciones, ambos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 18 de febrero de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Ariel Alberto Rojas Caballero. Secretaria: Silvia Vidal Vidal. Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 168/2021. Subdelegación de Prestaciones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 3 de marzo de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Emilio Carmona. Secretario: Juan Carlos Nava Garnica. Nota: Las tesis de jurisprudencia 2a./J. 150/2010, de rubro: "REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA QUE SÓLO DECLAREN LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO POR FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN." y 2a./J. 88/2011, de rubro: "REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA QUE SÓLO DECLAREN LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO POR VICIOS FORMALES EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS MATERIALES PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 150/2010)." citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XXXII, diciembre de 2010, página 694 y XXXIV, agosto de 2011, página 383, con números de registro digital: 163273 y 161191, respectivamente. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 196/2023 del índice de la Segunda Sala, la que mediante ejecutoria del 4 de octubre de 2023, declaró su incompetencia legal para conocer del asunto y ordenó la remisión de los autos al Pleno Regional en Materia Administrativa de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, para su conocimiento y resolución, el que por acuerdo de presidencia del 21 de noviembre de 2023 la admitió a trámite con el número de contradicción de criterios 287/2023 y derivado del Acuerdo General 38/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se modifica la denominación de los Plenos Regionales de las Regiones Centro-Norte y Centro-Sur; y que reforma diversas disposiciones relativas a su semiespecialización, competencia y domicilio, cambió su denominación y competencia a Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, el que por ejecutoria del 23 de mayo de 2024 determinó que respecto de los criterios emitidos en las revisiones administrativas (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 78/2021, 140/2021, 164/2021 y 168/2021 la contradicción es inexistente porque en esos asuntos "no señaló que la Sala hubiese revisado la ley que le resultaba aplicable a la pensionaria a partir de que adquirió tal derecho —como sí lo hicieron en los demás asuntos—, sino que únicamente se limitó a decir que la autoridad demandada no había acreditado el correcto cálculo de los incrementos de la cuota diaria pensionaria, lo que constituía un vicio de forma" y en lo que concierne a la revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 141/2021 sí existe contradicción, de la que derivó la tesis de jurisprudencia PR.A.C.CN J/39 A (11a.), de rubro: "RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. PROCEDE CONTRA LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA QUE DECLARAN LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN RECAÍDA A UNA SOLICITUD DE INCREMENTO DE LA CUOTA DIARIA PENSIONARIA PORQUE SU CÁLCULO NO SE AJUSTÓ A LA LEGISLACIÓN APLICABLE."

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