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1a./J. 158/2023 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional

COPIAS DE TRASLADO. EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 103 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL (APLICABLE EN LA CIUDAD DE MÉXICO), AL PREVER QUE LA FALTA DE ÉSTAS DEBE SANCIONARSE CON EL DESECHAMIENTO DE PLANO DE LA DEMANDA, VULNERA EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 30, Octubre de 2023; Tomo II; Pág. 1421

Precedentes

Amparo en revisión 134/2023. Banco Azteca, S.A., I.B.M. 14 de junio de 2023. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien formuló voto concurrente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo, y de la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Ponente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretario: Pablo Francisco Muñoz Díaz. Tesis de jurisprudencia 158/2023 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. Nota: Esta tesis jurisprudencial, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, del viernes 27 de octubre de 2023 a las 10:37 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 30, Tomo II, octubre de 2023, página 1421, ha dado lugar a la integración del expediente relativo a la declaratoria general de inconstitucionalidad 4/2023, resuelta por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 25 de abril de 2024, por unanimidad de diez votos, en el sentido de declararla procedente y fundada.

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