Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
II.1o.P.A.17 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, LA ADMINISTRACION LOCAL DE AUDITORIA FISCAL DE PACHUCA NO HA SIDO AUTORIZADA PARA QUE INICIE SUS ACTIVIDADES MEDIANTE EL ACUERDO CORRESPONDIENTE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Abril de 1996; Pág. 473

Precedentes

Revisión fiscal 49/95. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 18 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretaria: Teresita del Niño Jesús Palacios Iniestra. Notas: Esta tesis contendió en la contradicción 69/98 resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 1/2000, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XI, enero de 2000, página 5, con el rubro: " ADMINISTRACIONES LOCALES DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, FUNCIONAMIENTO Y AUTORIZACIÓN. SU DETERMINACIÓN SE HALLA EN EL REGLAMENTO INTERIOR DE DICHA SECRETARÍA Y EN SU DEFECTO EN ACUERDO POSTERIOR ." Por ejecutoria de fecha 24 de septiembre de 1999, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 131/98 en que participó el presente criterio.