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PR.A.CN. J/43 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesComún

FALTA DE INTERÉS LEGÍTIMO. ES UN MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA PARA DESECHAR LA DEMANDA DESDE EL AUTO INICIAL DE TRÁMITE, CUANDO SE RECLAME EN EL JUICIO DE AMPARO LA CONVOCATORIA AL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PARA CELEBRAR UN SEGUNDO PERIODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES Y SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Diciembre de 2023; Tomo III; Pág. 2719

Precedentes

Contradicción de criterios 77/2023. Entre los sustentados por el Primer, el Segundo y el Tercer Tribunales Colegiados, todos en Materia Administrativa del Cuarto Circuito. 13 de septiembre de 2023. Mayoría de dos votos de las Magistradas Adriana Leticia Campuzano Gallegos, y Rosa Elena González Tirado. Disidente: Magistrado Gaspar Paulín Carmona, quien formuló voto particular. Ponente: Magistrado Gaspar Paulín Carmona. Secretaria: Xareni Quiroz Reyes. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito al resolver el recurso de queja 392/2022, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito al resolver el recurso de queja 201/2022. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 57/2017 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 9 de junio de 2017 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 43, Tomo II, junio de 2017, página 1078, con número de registro digital: 2014433. Esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de criterios 77/2023, resuelta por el Pleno Regional en Materia Administrativa de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.

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