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2a./J. 1/2024 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

CONFLICTOS INDIVIDUALES DE SEGURIDAD SOCIAL. EL OTORGAMIENTO O LA NEGATIVA DE PENSIÓN DE LA RAMA DEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO EXPEDIDOS POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, ES UN REQUISITO PREVIO A LA PROMOCIÓN DE UN JUICIO DE ESA NATURALEZA EN EL QUE SE RECLAME EL PAGO DE ESA PENSIÓN.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Febrero de 2024; Tomo II; Pág. 1667

Precedentes

Contradicción de criterios 119/2023. Entre los sustentados por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito, el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, en apoyo del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, y el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito. 29 de noviembre de 2023. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretaria: Guadalupe de la Paz Varela Domínguez. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito, al resolver el amparo directo 150/2021, el sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, al resolver el amparo directo 779/2022 (cuaderno auxiliar 841/2022), y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, al resolver el amparo directo 415/2022. Nota: De la sentencia que recayó al amparo directo 415/2022, resuelto por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, derivó la tesis aislada XVI.1o.T.7 L (11a.), de rubro: "PENSIÓN POR RIESGO DE TRABAJO. EL ACTOR NO SE ENCUENTRA OBLIGADO A ACUDIR ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) PARA QUE LO EVALÚE Y EMITA UNA CALIFICACIÓN DE LA ENFERMEDAD, PREVIAMENTE A DEMANDAR EN LA VÍA JUDICIAL ESA PRESTACIÓN.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 4 de agosto de 2023 a las 10:12 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 28, Tomo V, agosto de 2023, página 4501, con número de registro digital: 2026941. Tesis de jurisprudencia 1/2024 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de diez de enero de dos mil veinticuatro.

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