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1a./J. 145/2024 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional

ADJUDICACIÓN DE BIEN INMUEBLE POR REMATE JUDICIAL. ES INCONSTITUCIONAL EXIGIR LA ESCRITURA PÚBLICA COMO REQUISITO PARA QUE SE ENTREGUE SU POSESIÓN POR VIOLAR EL DERECHO DE PROPIEDAD (LEGISLACIÓN CIVIL FEDERAL).

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 41, Septiembre de 2024; Tomo III, Volumen 1; Pág. 806

Precedentes

Amparo en revisión 340/2019. Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero. 22 de febrero de 2023. Cinco votos de la Ministra y de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto concurrente, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Juan Jaime González Varas, Mariana Aguilar Aguilar y Ricardo Martínez Herrera. Tesis de jurisprudencia 145/2024 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada extraordinaria de doce de septiembre de dos mil veinticuatro. Nota: Esta tesis jurisprudencial, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, del viernes 20 de septiembre de 2024 a las 10:29 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 41, septiembre de 2024, Tomo III, Volumen 1, página 806, ha dado lugar a la integración del expediente relativo a la declaratoria general de inconstitucionalidad 5/2023, resuelta por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 7 de enero de 2025, por mayoría de nueve votos, en el sentido de declararla procedente y fundada.