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2a./J. 45/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. EL ARTÍCULO 209, FRACCIONES II, III Y IV, DE LA LEY GENERAL RELATIVA, AL PREVER DETERMINADAS FACULTADES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO POR FALTAS GRAVES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS O DE PARTICULARES, ES CONSTITUCIONAL.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 1136

Precedentes

Amparo directo en revisión 1484/2025. Maricela González Méndez. 14 de mayo de 2025. Cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán, Lenia Batres Guadarrama y Javier Laynez Potisek. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretario: Mauricio Tapia Maltos. Nota: La parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 103/2020 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 23 de octubre de 2020 a las 10:33 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 79, Tomo I, octubre de 2020, página 881, con número de registro digital: 29535. Tesis de jurisprudencia 45/2025 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de dos de julio de dos mil veinticinco.