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1a./J. 171/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Común, Constitucional

JUICIO DE AMPARO CONTRA LA NEGATIVA DE AUTORIZAR LA INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO. NO ES IMPROCEDENTE CUANDO LA MUJER ABORTA DURANTE SU TRAMITACIÓN.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo V, Volumen 1; Pág. 189

Precedentes

Amparo en revisión 45/2018. 23 de febrero de 2022. Cinco votos de los Ministros y las Ministras Norma Lucía Piña Hernández, quien está con el sentido, pero en contra de consideraciones, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto concurrente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Ana Margarita Ríos Farjat. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretaria: Irlanda Denisse Ávalos Núñez. Tesis de jurisprudencia 171/2025 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de trece de agosto de dos mil veinticinco. Nota: Esta tesis jurisprudencial, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, del viernes 29 de agosto de 2025 a las 10:37 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 52, agosto de 2025, Tomo V, Volumen 1, página 189, ha dado lugar a la integración del expediente relativo a la declaratoria general de inconstitucionalidad 6/2022, resuelta por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 10 de agosto de 2023, por mayoría de nueve votos, en el sentido de declararla sin materia, toda vez que, incluso antes de que el artículo 158, fracción II, del Código Penal para el Estado de Hidalgo se declarara inconstitucional por la Primera Sala de esta Suprema Corte, entró en vigor la reforma (seis de julio de dos mil veintiuno), por virtud de la cual existió un cambio de sentido normativo en el citado numeral.