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1a./J. 200/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil
Registro digital (IUS)
2031116
Clave de tesis
1a./J. 200/2025 (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Civil
Fuente
[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo V, Volumen 2; Pág. 1395
Publicación
2025-08-29

RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. LAS RELACIONES IMPROPIAS ENTRE ADOLESCENTES Y ADULTOS CONSTITUYEN UN HECHO ILÍCITO PARA EFECTOS DE RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN POR ACTOS DE VIOLENCIA SEXUAL SUFRIDOS DURANTE LA ADOLESCENCIA.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo V, Volumen 2; Pág. 1395

Precedentes

Amparo directo 34/2024. 25 de junio de 2025. Cinco votos de las Ministras y los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se separa de los párrafos doscientos seis a doscientos doce, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien formuló voto concurrente y Loretta Ortiz Ahlf. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretaria: Mercedes Verónica Sánchez Miguez. Tesis de jurisprudencia 200/2025 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de trece de agosto de dos mil veinticinco.

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Registro digital (IUS): 2031116 · Publicación: 2025-08-29