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II.2o.C.5 C (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Civil

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD (CFE). LA REFORMA A LOS ARTÍCULOS 25, 27 Y 28 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE OCTUBRE DE 2024, NO MODIFICÓ LA NATURALEZA PRIVADA DE LOS ACTOS DERIVADOS DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTRO ELÉCTRICO, POR LO QUE LAS CUESTIONES DERIVADAS DE ÉSTOS DEBEN DIRIMIRSE EN LA VÍA MERCANTIL.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 53, Septiembre de 2025; Tomo I, Volumen 1; Pág. 913

Precedentes

Amparo directo 67/2025. 17 de julio de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Jaime González Varas. Secretaria: Atenea Contreras Martínez. Amparo directo 86/2025. 17 de julio de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Ortega Castro. Secretario: Ángel Salvador Báez Chávez. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 156/2017 (10a.) citada, aparece publicada con el rubro: "COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. CONTRA LOS ACTOS DERIVADOS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA CELEBRADO BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY DEL SERVICIO PÚBLICO RELATIVA PROCEDE LA VÍA ORDINARIA MERCANTIL.", en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 12 de enero de 2018 a las 10:13 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 50, Tomo I, enero de 2018, página 336, con número de registro digital: 2015944.

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