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(V Región)4o.7 C (12a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
2032006
Clave de tesis
(V Región)4o.7 C (12a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
12a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Abril de 2026; Tomo I, Volumen 1; Pág. 713
Publicación
2026-04-10

HECHO NOTORIO. AL INVOCARSE EN UNA SENTENCIA NO TIENE EL ALCANCE DE SUSTRAER UNA EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD DE LA DEMANDA DE OTRO ASUNTO, QUE NO FUE PLANTEADA COMO DEFENSA EN EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA.

[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Abril de 2026; Tomo I, Volumen 1; Pág. 713

Precedentes

Amparo directo 381/2025 (cuaderno auxiliar 2/2026) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Los Mochis, Sinaloa. 29 de enero de 2026. Unanimidad de votos de los Magistrados Alejandro Apodaca Borboa, Víctor Manuel Soto Montenegro y Juan Carlos Esper Félix. Ponente: Alejandro Apodaca Borboa. Secretario: Miguel Ángel Regalado Núñez.

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Registro digital (IUS): 2032006 · Publicación: 2026-04-10