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VII.1o.C.9 C (12a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
2032102
Clave de tesis
VII.1o.C.9 C (12a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
12a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Mayo de 2026; Tomo I, Volumen 1; Pág. 667
Publicación
2026-05-08

PENSIÓN ALIMENTICIA. SU CANCELACIÓN NO ES OFICIOSA EN TANTO ESA PRESTACIÓN SÓLO PUEDE RESOLVERSE EN UN JUICIO DE DIVORCIO CUANDO SE PRUEBE SU EXISTENCIA Y ASÍ SE SOLICITE.

[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Mayo de 2026; Tomo I, Volumen 1; Pág. 667

Precedentes

Amparo directo 282/2024. 26 de diciembre de 2025. Unanimidad de votos del Magistrado José Antonio Belda Rodríguez, quien emitió voto concurrente, y de Diana Helena Sánchez Álvarez y Bernardo Hernández Ochoa, secretarios en funciones de Magistrados. Ponente: José Antonio Belda Rodríguez. Encargada del engrose: Diana Helena Sánchez Álvarez. Secretario: Alan Iván Torres Hinojosa.

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Registro digital (IUS): 2032102 · Publicación: 2026-05-08