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PR.P.T.CN. J/10 L (12a.)Jurisprudencia12a. ÉpocaPlenos RegionalesLaboral
Registro digital (IUS)
2032421
Clave de tesis
PR.P.T.CN. J/10 L (12a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
12a. Época
Instancia
Plenos Regionales
Materia
Laboral
Fuente
[J]; 12a. Época; Plenos Regionales; Semanario Judicial de la Federación
Publicación
2026-07-10

PENSIÓN DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA. PROCEDE APLICARLE EL FACTOR 1.11 A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO DE REFORMAS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, PUBLICADO EL 5 DE ENERO DE 2004, AUN CUANDO SU MONTO INICIAL HAYA SIDO AJUSTADO AL 100 % DEL SALARIO MÍNIMO GENERAL VIGENTE CONFORME AL ARTÍCULO 168 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA.

[J]; 12a. Época; Plenos Regionales; Semanario Judicial de la Federación

Precedentes

Contradicción de criterios 23/2026. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materia de Trabajo, ambos del Cuarto Circuito. 21 de mayo de 2026. Tres votos de las personas Magistradas Miguel Ernesto Leetch San Pedro, Verónica Alejandra Curiel Sandoval y Angélica Iveth Leyva Guzmán. Ponente: Verónica Alejandra Curiel Sandoval. Secretario: Raúl Brindis Hernández. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, al resolver el amparo directo 630/2025, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, al resolver el amparo directo 125/2024.

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Registro digital (IUS): 2032421 · Publicación: 2026-07-10