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VII.2o.C.1 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

PROCEDIMIENTO, REPOSICION DEL. INNECESARIO PARA EMPLAZAR AL TERCERO PERJUDICADO, CUANDO EL ACTO RECLAMADO NO SE ENCUENTRA FUNDADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 588

Precedentes

Amparo en revisión 316/95. Juan Vega Hernández. 15 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Librado Fuerte Chávez. Secretario: Carlos Alberto Zerpa Durán. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 5/96 resuelta por el Tribunal Pleno, de la que derivó la tesis P./J. 44/96, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, julio de 1996, página 85, con el rubro: " TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE AMPARO. SI NO FUE EMPLAZADO DEBE ORDENARSE LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO, SIN QUE OBSTEN LAS CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES Y MODALIDADES QUE SE IMPONGAN EN LA SENTENCIA QUE CONCEDA EL AMPARO ."

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