I.1o.T. J/4 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común, Laboral
TESTIGOS INHABILITADOS POR HABER DEMANDADO A UNA DE LAS PARTES.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Mayo de 1995; Pág. 322
No puede darse valor probatorio al dicho de testigos, que fueron personas que demandaron a una de las partes del juicio, aunque posteriormente hayan desistido de la acción intentada en virtud de un convenio; en esas condiciones, no se puede tomar en cuenta el contexto de sus declaraciones, porque tal circunstancia los inhabilita como elementos dignos de fe, ya que existe de por medio animosidad contra una de las partes.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 12821/92. José Erasmo Raúl Gómez Rodríguez. 4 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Angel Salazar Torres.
Amparo directo 1883/93. Dorotea Acosta Navidad. 1o. de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Angel Salazar Torres.
Amparo directo 8601/93. Lilia Pérez Pantoja y otro. 18 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Angel Salazar Torres.
Amparo directo 10491/93. Andrés Toriz Sandoval. 20 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretaria: María del Carmen Gómez Vega.
Amparo directo 631/95. Enrique Salazar Salcedo. 9 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 215/2007-SS que fue declarada improcedente por la Segunda Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 2a./J. 18/97, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, mayo de 1997, página 309, con el rubro: "
TESTIGOS EN JUICIO LABORAL. SU RELACIÓN CON EL OFERENTE DE LA PRUEBA O CON LA CONTRAPARTE DE ÉSTE, NO ES CAUSA SUFICIENTE PARA ATRIBUIRLE PARCIALIDAD A SU TESTIMONIO
."