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I.6o.C.1 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

APODERADO LEGAL. FALTA DE LEGITIMACION DEL, PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO, CUANDO LO HACE POR SU PROPIO DERECHO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Abril de 1995; Pág. 125

Precedentes

Amparo directo 666/95. Carlos M. García González. 21 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretaria: María Teresa Covarrubias Ramos. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción 12/95 , resuelta por el Tribunal Pleno, de la que derivó la tesis P./J. 24/96, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, junio de 1996, página 5, con el rubro: " DEMANDA DE AMPARO. DEBE SUPLIRSE EL ERROR CUANDO SE PROMUEVE POR DERECHO PROPIO, PERO DE SU APRECIACIÓN INTEGRAL SE DESPRENDE QUE SE PROMUEVE EN REPRESENTACIÓN DE OTRO ."