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VIII.2o.4 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

RENUNCIA DE DERECHOS AGRARIOS. LA LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA NO LA PROHIBIA EXPRESAMENTE, PERO TAMPOCO LA AUTORIZABA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Abril de 1995; Pág. 183

Precedentes

Amparo directo 602/94. Angel Reséndiz Reyes. 23 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Novales Castro. Secretario: José Elías Gallegos Benítez. Nota: Por ejecutoria del 10 de octubre de 2012, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 144/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.