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Artículo 20 de la LEY Federal de Correduría Pública

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

A los corredores (que son como notarios especializados en asuntos mercantiles) tienen prohibido hacer varias cosas. No pueden vender productos por su cuenta o actuar como intermediarios. Tampoco pueden comprar para ellos o su familia (como esposa, hijos, padres o hermanos) los bienes que ellos mismos están negociando con un cliente. No pueden dar copias de documentos que no tengan en su archivo o que no hayan revisado con el original. Y no pueden trabajar si tienen un puesto de gobierno o son militares, ni actuar como notario si ellos, su esposa o familiares están involucrados en el asunto.

Texto oficial

ARTICULO 20.- A los corredores les estará prohibido: I.- Comerciar por cuenta propia o ser comisionistas; II.- Ser factores o dependientes; III.- Adquirir para sí o para su cónyuge, ascendientes o descendientes, o parientes colaterales hasta el cuarto grado, los efectos que se negocien por su conducto; IV.- Expedir copias certificadas de constancias que no obren en su archivo o libro de registro, o no expedirlos íntegramente, o de documentos mercantiles cuando sus originales no les hubieran sido presentados para su cotejo; V.- Ser servidores públicos o militares en activo; VI.- Desempeñar el mandato judicial; VII.- Actuar como fedatario en caso de que intervengan por sí o en representación de tercera persona, su cónyuge, sus parientes consanguíneos o afines en línea recta sin limitación de grados, los consanguíneos en la colateral hasta en el cuarto grado inclusive, y los afines en la colateral hasta en el segundo grado; VIII.- Ejercer funciones de fedatario si el acto o hecho interesa al corredor, a su cónyuge o a alguno de sus parientes en los grados que expresa la fracción inmediata anterior; IX.- Recibir y conservar en depósito sumas de dinero, valores o documentos que representen numerario con motivo de los actos o hechos en que intervengan como fedatarios, excepto en los siguientes casos: a) El dinero o cheques destinados al pago de impuestos o derechos causados por las actas o pólizas efectuadas ante ellos; o b) En los demás casos en que las leyes así lo permitan. X.- Ejercer su actividad si el hecho o el fin del acto es legalmente imposible o contrario a la ley o a las buenas costumbres; y XI. Actuar como fedatario fuera de los casos autorizados por la ley y su reglamento; así como en actos jurídicos no mercantiles; en tratándose de inmuebles, así como dar fe de hechos que no se consideren de naturaleza mercantil; Fracción adicionada DOF 23-05-2006 XII. Actuar como fedatarios en los casos a que se refiere la fracción anterior, aún cuando se modifique o altere su denominación, se trate de actos jurídicos, convenios o contratos innominados, intervengan sujetos que por su actividad sean calificados de comerciantes, o se refieran a cosas mercantiles o se denomine un acto como mercantil cuando el acto real tenga otra naturaleza, y Fracción adicionada DOF 23-05-2006 XIII. Las demás que establezcan las leyes y reglamentos. Fracción reformada DOF 23-05-2006 (se recorre) LEY FEDERAL DE CORREDURÍA PÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-04-2012 8 de 13

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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