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Artículo 11 de la LEY Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Gobernación puede dar permiso para que, en ferias de tu rancho o región, se hagan apuestas en ciertos juegos o eventos que ya estén indicados en el Reglamento de esta Ley. Es como si el gobierno dijera: "sí se vale apostar, pero solo en estos casos específicos y bajo estas reglas". Así que no cualquier apuesta está permitida, solo las que la ley ya tiene señaladas. Esto aplica nada más en ferias locales, no en todo lugar.

Texto oficial

ARTICULO 11.- La Secretaría de Gobernación queda facultada para autorizar, en las ferias regionales, el cruce de apuestas en los espectáculos que determine el Reglamento de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.