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Artículo 12 de la LEY Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que si organizas una lotería o rifa sin permiso del gobierno, puedes ir a la cárcel de 3 meses a 3 años, pagar una multa de 500 a 10,000 pesos y hasta perder tu trabajo. Pero no aplica si la rifa es solo entre amigos o familiares, como una cooperacha. También se aplica a los dueños o encargados de lugares donde se juegue con apuestas sin permiso de la Secretaría de Gobernación, y a cualquiera que ayude a vender boletos de lotería o apuestas del extranjero sin autorización. Además, los funcionarios públicos que permitan juegos prohibidos, los protejan o vayan a esos lugares, también serán castigados, a menos que estén ahí por su trabajo. En resumen, no puedes organizar sorteos, rifas o juegos de apuestas sin un permiso oficial, a menos que sea algo muy casual entre conocidos.

Texto oficial

ARTICULO 12.- Se impondrá prisión de tres meses a tres años y multa de quinientos a diez mil pesos, y destitución de empleo en su caso: I.- A los empresarios, gerentes, administradores, encargados y agentes de loterías o sorteos que no cuenten con autorización legal. No quedan incluidos en esta disposición los que hagan rifas sólo entre amigos y parientes; II.- A los dueños, organizadores, gerentes o administradores de casa o local, abierto o cerrado, en que se efectúen juegos prohibidos o con apuestas, sin autorización de la Secretaría de Gobernación, así como a los que participen en la empresa en cualquier forma; III.- A los que, sin autorización de la Secretaría de Gobernación, de cualquier modo intervengan en la venta o circulación de billetes o participaciones de lotería o juegos con apuestas que se efectúen en el extranjero. IV.- A los funcionarios o empleados públicos que autoricen juegos prohibidos, los protejan, o asistan a locales en donde se celebren, siempre que en este último caso no lo hagan en cumplimiento de sus obligaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.