Artículo 13 de la LEY Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien renta un lugar sabiendo que ahí se van a hacer juegos de apuesta prohibidos, rifas sin permiso del gobierno, o cualquier tipo de juego ilegal, le pueden dar de 1 mes a 2 años de cárcel y una multa de entre 100 y 5,000 pesos. También se aplica el mismo castigo a las personas que jueguen o simplemente estén de espectadores en un local donde se esté jugando de manera ilegal.
Texto oficial
ARTICULO 13.- Se aplicará prisión de un mes a dos años y multa de cien a cinco mil pesos: I.- A los que alquilen a sabiendas un local para juegos prohibidos, o con apuestas, o para efectuar sorteos sin permiso de la Secretaría de Gobernación; LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 31-12-1947 3 de 3 II.- A los jugadores y espectadores que asistan a un local en donde se juegue en forma ilícita.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.