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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/109/14
Ley
LEY Federal de Juegos y Sorteos
Artículo
14

Artículo 14 de la LEY Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Además de las multas o castigos que ya mencionan otros artículos de esta ley, te van a quitar todas las herramientas, mesas, sillas o aparatos que se usaron para jugar, así como cualquier dinero o bienes que estuvieran en el juego. También pueden ordenar que se cierre el negocio o la sociedad que organizó el delito, es decir, la empresa o asociación que permitió que pasara eso.

Texto oficial

ARTICULO 14.- Además de las penas señaladas en los artículos precedentes, se aplicará la pena de decomiso de todos los utensilios y objetos del juego y de todos los bienes o dinero que constituyan el interés del mismo. Podrá decretarse, además, la disolución del negocio o sociedad bajo cuyos auspicios se haya cometido el delito.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Juegos y Sorteos (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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