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Artículo 11 del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México se organiza tomando en cuenta tres cosas. Primero, que es la capital del país y ahí están los poderes federales (el Presidente, el Congreso y la Suprema Corte). Segundo, que la ciudad es una sola unidad, pero se divide en zonas o alcaldías para atender mejor las necesidades de la gente. Tercero, que debe coordinarse con los estados y municipios vecinos para planear y hacer obras juntos, como dice la Constitución.

Texto oficial

ARTÍCULO 11.- El gobierno del Distrito Federal para su organización política y administrativa está determinado por: Párrafo reformado DOF 04-12-1997 I. Su condición de Distrito Federal, sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos; II. La unidad geográfica y estructural de la Ciudad de México y su desarrollo integral en compatibilidad con las características de las demarcaciones territoriales que se establezcan en su interior para el mejor gobierno y atención de las necesidades públicas; y Fracción reformada DOF 14-10-1999 III. La coordinación con las distintas jurisdicciones locales y municipales y con la Federación en la planeación y ejecución de acciones en las zonas conurbadas limítrofes con el Distrito Federal, en los términos del Apartado G del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fracción reformada DOF 04-12-1997

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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