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Artículo 18 del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los que vivimos en México tenemos la obligación de cumplir con lo que dice la Constitución, las leyes y demás reglas aplicables. También debemos pagar impuestos federales y de la Ciudad de México de manera justa y según lo que marquen las leyes. Hay que usar las calles y espacios públicos para lo que fueron hechos, sin darles otro uso. Y al ejercer nuestros derechos, no debemos molestar a los demás, alterar el orden público ni interrumpir sus actividades normales.

Texto oficial

ARTÍCULO 18.- Son obligaciones de los habitantes cumplir con los preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los de este Estatuto así como los de las leyes y demás disposiciones jurídicas aplicables; contribuir a los gastos públicos de la Federación y del Distrito Federal, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes; utilizar las vías y espacios públicos conforme a su naturaleza y destino; y ejercer sus derechos sin perturbar el orden y la tranquilidad públicos ni afectar la continuidad del desarrollo normal de las actividades de los demás habitantes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.