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Artículo 59 del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien se convierte en Jefe de Gobierno de la Ciudad de México (antes Distrito Federal), tiene que hacer una promesa formal llamada "protesta". En esa promesa, dice exactamente: "Juro cumplir y hacer que se cumplan la Constitución, las leyes de la Ciudad y las que de ahí salgan, y desempeñar el puesto con lealtad y amor a la patria, buscando siempre el bien de todo el país y de la Ciudad. Y si no lo hago, que el pueblo me lo exija". Básicamente, es su compromiso público de respetar las leyes y gobernar pensando en el bien de todos, y acepta que si falla, la gente tiene derecho a pedirle cuentas.

Texto oficial

ARTÍCULO 59.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, rendirá protesta, en los siguientes términos: “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y las leyes que de ellos emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Jefe de Gobierno del Distrito Federal mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y del Distrito Federal, y si así no lo hiciere que el pueblo me lo demande”. Artículo reformado DOF 04-12-1997 ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 27-06-2014 22 de 66

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

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