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Ley
ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal
Artículo
74

Artículo 74 del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno de la Ciudad de México firme un acuerdo o convenio con otros gobiernos sobre la zona metropolitana (como transporte, basura o agua), está obligado a publicarlo. Esa publicación debe hacerse en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Así cualquier persona puede enterarse de lo que se acordó y verificar la información.

Texto oficial

ARTÍCULO 74.- Los acuerdos y convenios que en materia de coordinación metropolitana suscriba el gobierno del Distrito Federal, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Ver texto oficial del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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