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Ley
ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal
Artículo
90

Artículo 90 del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las órdenes oficiales que da el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, como reglamentos o acuerdos, solo son válidas si también las firma el secretario encargado del tema que traten. Por ejemplo, si el Jefe de Gobierno emite una regla sobre seguridad, debe firmarla el secretario de seguridad para que funcione. Esto asegura que las decisiones importantes tengan el visto bueno del área correcta del gobierno.

Texto oficial

ARTÍCULO 90.- Los reglamentos, decretos y acuerdos del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, deberán estar refrendados por el Secretario que corresponda según la materia de que se trate. Artículo reformado DOF 04-12-1997

Ver texto oficial del ESTATUTO de Gobierno del Distrito Federal (pág. 31) ↗

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