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Ley
LEY Federal del Mar
Artículo
30

Artículo 30 de la LEY Federal del Mar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un barco de guerra de otro país no respeta las reglas mexicanas para navegar por el Mar Territorial (la zona del mar que le pertenece a México), y además no hace caso cuando se le pide que las cumpla, México puede ordenarle que se salga de esa zona de inmediato.

Texto oficial

ARTICULO 30.- Cuando una embarcación de guerra extranjera no cumpla las normas de esta Ley, de su Reglamento y de otras disposiciones legales nacionales relativas al paso por el Mar Territorial, y no acate la invitación que se le haga para que las cumpla, podrá exigírsele que salga inmediatamente del Mar Territorial mexicano.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Mar (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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