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Artículo 57 de la LEY Federal del Mar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Nación, o sea, el país, tiene el control total sobre el suelo marino que está cerca de sus costas y de sus islas, pero solo para buscar y sacar provecho de los recursos naturales que ahí se encuentren, como petróleo o minerales. Esto significa que nadie más puede meterse a explorar o a explotar esos recursos sin permiso del gobierno. Ese control se llama "soberanía", que es el derecho máximo que tiene un país sobre su territorio.

Texto oficial

ARTICULO 57.- La Nación ejerce derechos de soberanía sobre la Plataforma Continental y las Plataformas Insulares a los efectos de su exploración y de la explotación de sus recursos naturales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.