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Artículo 9 de la LEY Federal del Mar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 9 dice que México no va a reclamar más mar del que le toca cuando sus aguas toquen las de otro país. Para calcular el límite, se traza una línea imaginaria que esté a la misma distancia de las costas de ambos países, a menos que los dos se pongan de acuerdo en otra cosa. Además, si el país vecino intenta agarrar más mar del que le corresponde por su lado, el gobierno mexicano no lo va a aceptar. En vez de eso, va a buscar platicar y negociar con ese país para llegar a un arreglo que les sirva a los dos.

Texto oficial

ARTICULO 9o.- No se extenderán las zonas marinas mexicanas más allá de una línea media, cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base a partir de las cuales se mida la anchura del Mar Territorial de un Estado vecino, salvo acuerdo en contrario con ese Estado. El Poder Ejecutivo Federal no reconocerá la extensión unilateral de las zonas marinas de un Estado vecino, más allá de una línea media, cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del Mar Territorial mexicano. En estos casos, el Poder Ejecutivo Federal buscará la negociación con el Estado vecino en cuestión, a fin de acordar una solución recíprocamente aceptable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.