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Ley
LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana
Artículo
10

Artículo 10 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta Directiva (el grupo de personas que toman las decisiones importantes de una institución) se reúne de manera normal o de manera urgente, siguiendo las reglas que ellos mismos tienen escritas en su reglamento. En cada junta, un miembro diferente dirige la reunión, y se van turnando según el orden alfabético de sus apellidos (de la A a la Z).

Texto oficial

ARTICULO 10.- La Junta Directiva celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias en la forma y términos que señale su reglamento. Cada sesión será presidida por uno de sus miembros, sucediéndose, para este efecto, en orden alfabético de apellidos.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana (pág. 3) ↗

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