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Artículo 10 de la LEY Orgánica de Nacional Financiera

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Gobierno Federal se hace responsable siempre de tres cosas que haga esta empresa (la Sociedad): primero, de los negocios que haga con personas o empresas mexicanas; segundo, de los acuerdos que tome con instituciones extranjeras, sean privadas o del gobierno de otros países; y tercero, de los depósitos que mencional los artículos 7 y 8 de esta ley. En pocas palabras, el gobierno mexicano responde por los compromisos y acuerdos de la empresa, tanto en México como con extranjeros.

Texto oficial

Artículo 10.- El Gobierno Federal responderá en todo tiempo: Párrafo reformado DOF 24-06-2002 I. De las operaciones que celebre la Sociedad con personas físicas o morales nacionales; Fracción reformada DOF 24-06-2002 II.- De las operaciones concertadas por la Sociedad con instituciones extranjeras privadas, gubernamentales o intergubernamentales; y III.- De los depósitos a que se refieren los artículos 7o. y 8o. de la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.