Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/167/30
Ley
LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada
Artículo
30

Artículo 30 de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que ya no es válido. La palabra "derogar" significa cancelar o eliminar una ley. Aquí se está quitando el Artículo 30 que antes existía, desde el 10 de enero de 2014. En resumen, ya no hay que preocuparse por lo que decía ese artículo porque ya no aplica para nada.

Texto oficial

ARTICULO 30.- Se deroga Artículo derogado DOF 10-01-2014

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 30 de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, explicado | Precedente Legal