Artículo 5 de la LEY Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la sociedad, que en este caso es el Banco Nacional del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, se va a mantener funcionando para siempre. No tiene una fecha de vencimiento o un límite de años para dejar de existir. En otras palabras, una vez que se crea, está pensada para durar por tiempo ilimitado, sin necesidad de renovar su plazo.
Texto oficial
ARTICULO 5o.- La duración de la sociedad será indefinida. TITULO SEGUNDO LEY ORGÁNICA DEL BANCO NACIONAL DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 10-01-2014 2 de 20 OPERACION GENERAL DE LA SOCIEDAD CAPITULO I Objetivos y Operaciones
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