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Ley
LEY Orgánica del Instituto Politécnico Nacional
Artículo
7

Artículo 7 de la LEY Orgánica del Instituto Politécnico Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Politécnico Nacional va a hacer su trabajo a través de sus jefes, consejeros y equipos de apoyo, siempre siguiendo lo que dice esta ley y otras reglas que le apliquen. Esto significa que no actúa solo, sino que todas sus partes deben trabajar juntas y apegadas a lo que está establecido.

Texto oficial

ARTICULO 7.- El Instituto Politécnico Nacional ejercerá las atribuciones que les competen por medio de sus autoridades y de los órganos consultivos y de apoyo, de acuerdo con lo previsto por esta Ley y demás ordenamientos aplicables.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Instituto Politécnico Nacional (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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