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Artículo 1 de la LEY que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Con esta ley se crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, que es una institución oficial que existe por sí misma, como si fuera una persona ante la ley. Eso significa que puede tener sus propios bienes, firmar contratos y tomar decisiones sin depender directamente de otra dependencia del gobierno. En pocas palabras, es como darle vida legal propia a este instituto para que pueda funcionar de manera independiente en lo artístico y cultural.

Texto oficial

ARTICULO 1°.- Se crea por medio de la presente Ley el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, con personalidad jurídica propia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.