Artículo 3 de la LEY que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo le da permiso al Gobierno Federal para que, a través del Banco de México, pueda hacer pagos extra de hasta 17 millones 434 mil 76 dólares. Ese dinero es para cubrir la parte que le toca a México en el Fondo para Operaciones Especiales, que es un fondo de un organismo internacional. Básicamente, autoriza a México a aportar esa cantidad de dólares para cumplir con un compromiso financiero que tiene con ese fondo.
Texto oficial
Articulo 3o.- Se autoriza al Gobierno Federal, para que, por conducto del Banco de México, efectúe aportaciones adicionales hasta por el equivalente de 17,434,076 (diecisiete millones cuatrocientos treinta y cuatro mil setenta y seis) dólares de los Estados Unidos de América, para cubrir la cuota de la contribución de los Estados Unidos Mexicanos al Fondo para Operaciones Especiales a que se refiere el Artículo IV del Convenio Constitutivo de dicho Organismo. Artículo reformado DOF 30-12-1963, 13-01-1965, 28-12-1967, 31-12-1970, 31-12-1975, 07-01-1980, 01-12-1983, 26-12-1989, 10-05-1996, 14-05-2012
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.