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Artículo 13 de la LEY Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La investigación y desarrollo de tecnología nuclear en México debe buscar que el país pueda decidir por sí mismo en ciencia y técnica, y usar al máximo los materiales nucleares y radiactivos para mejorar la economía y la sociedad. Cualquier uso de reactores nucleares tiene que seguir las reglas que ponga la Secretaría de Energía, y esa misma dependencia se encargará de vigilar que se cumplan. En pocas palabras, la ley dice que la energía nuclear debe ayudar al progreso de México, pero controlada por el gobierno.

Texto oficial

Artículo 13.- Las actividades nacionales de investigación y desarrollo tecnológico en materia nuclear se orientarán a lograr la autodeterminación científica y técnica, así como el óptimo aprovechamiento de las aplicaciones de los materiales y combustibles nucleares y de los materiales radiactivos, con objeto de fortalecer el avance económico y social de la Nación. El empleo de reactores nucleares se sujetará a las normas que para tal efecto expida la Secretaría de Energía y a la vigilancia de la misma. Párrafo reformado DOF 09-04-2012

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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