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Artículo 18 de la LEY Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 18 fue eliminado de la ley desde el 22 de diciembre de 1993 ya no existe ni se aplica en ningún caso. Cuando una ley dice que un artículo está derogado significa que ya no tiene validez. No tienes que preocuparte por cumplir con nada de lo que antes decía.

Texto oficial

ARTICULO 18.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.