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Artículo 2 de la LEY Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las leyes que hablan sobre trabajos o áreas específicas, como la medicina o la ingeniería, son las que deciden qué actividades necesitan un título universitario y una cédula profesional para poder ejercerlas. En otras palabras, no cualquier trabajo requiere un título, sino solo aquellos que la ley señale. La cédula profesional es el documento oficial que te da validez para ejercer tu carrera en México.

Texto oficial

ARTICULO 2o.- Las leyes que regulen campos de acción relacionados con alguna rama o especialidad profesional, determinarán cuáles son las actividades profesionales que necesitan título y cédula para su ejercicio. Artículo reformado DOF 02-01-1974

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.