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Artículo 192 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si pagas tres años seguidos tu seguro y luego dejas de pagar las primas (es decir, los pagos periódicos que haces para mantenerlo), el seguro no se cancela, sino que se reduce automáticamente. Esto significa que te queda una protección más chica, calculada según las reglas técnicas que vienen escritas en tu póliza (el documento que firmaste al contratar el seguro). No necesitas hacer ningún trámite extra para que esto pase, la reducción ocurre por ley.

Texto oficial

Artículo 192.- Si después de cubrir tres anualidades consecutivas, se dejan de pagar las primas, el seguro quedará reducido de pleno derecho, de acuerdo con las normas técnicas establecidas para el caso, las cuales deberán figurar en la póliza. Fe de erratas al artículo DOF 13-09-1935. Recorrido (antes artículo 181) DOF 04-04-2013

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.